La jueza Clara Luz Almonte, de la Segunda Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, ha declarado inadmisible una demanda presentada por los sucesores de Tatico Henríquez contra el reconocido artista Anthony Santos.
La decisión del tribunal se produjo luego de que la defensa del bachatero planteara un incidente argumentando que la demanda de los sucesores de Henríquez debía ser tratada en el ámbito civil en lugar de penal. La demanda, basada en supuestas violaciones a la Ley 65-00 sobre derecho de autor, había sido interpuesta en 2022 por Elba Chaljub Mejía y Julio García Reynoso, quienes afirmaban ser los propietarios legales de la obra musical “Corazón de piedra”.
Según los demandantes, Santos habría grabado, comercializado y alterado la canción “Corazón de piedra”, cambiando su título por “La funda”. Sin embargo, la jueza determinó que el caso no procedía en el ámbito penal, sino que debía ser tratado en materia civil.
Esta decisión marca un giro en el litigio entre los sucesores de Tatico Henríquez y Anthony Santos, y deja abierta la posibilidad de que el conflicto se resuelva en un tribunal civil en el futuro.